martes, 10 de mayo de 2016

Nueva Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid

Esta Ley regula las medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid para 2016.
Su contenido básico lo constituyen medidas de naturaleza tributaria que acompañan a la Ley de Presupuestos, así como otras medidas de diferente naturaleza destinadas, con carácter general, a la racionalización del sector público, la mejora de la transparencia y eficiencia en la gestión de los recursos públicos y a la simplificación y mejora de procedimientos administrativos en materias de competencia legislativa de la Comunidad de Madrid.

Entre las medidas que contiene, están:

  1.  la prórroga para el ejercicio 2016 de la bonificación del 95 por 100 en la cuota tributaria del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentado para las adquisiciones de inmuebles en los que se desarrollen o se vayan a desarrollar actividades industriales en los municipios del Corredor del Henares, Sureste y Sur Metropolitano con el fin de incentivar el desarrollo de actividades industriales en el ámbito de la Comunidad de Madrid. La bonificación se establece tanto para las operaciones sujetas a la modalidad de «Transmisiones Patrimoniales Onerosas» como para la de «Actos Jurídicos Documentados». 
  2. En el artículo 2 se regulan las modificaciones en materia de tasas y precios públicos. En el ámbito del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, se establecen las modificaciones que se detallan a continuación: En materia de educación, se introducen modificaciones puntuales en las tasas por expedición de títulos, certificados o diplomas y por expedición de duplicados en el ámbito de la enseñanza no universitaria, que suponen la introducción de dos nuevos supuestos de no sujeción, la redenominación parcial de una subtarifa y la creación de otra nueva. 
  3. En materia de función pública, se suprime la tasa por la autorización o reconocimiento de compatibilidad con actividades públicas o privadas al personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
  4. En materia de industria, y dentro de la tasa por ordenación de instalaciones y actividades industriales, energéticas y mineras, se suprime la tarifa por solicitud de autorización de actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera. 
  5. En materia de sanidad, se suprime la tasa por emisión sucesiva de tarjeta sanitaria individual (TSI) por causa no imputable a la Administración, en los casos de robo, rotura o extravío. Esta medida normativa tendrá efectos desde el 27 de junio de 2015. 
  6. Asimismo, se introducen sendas modificaciones puntuales en los artículos 11 y 12, donde se fija, con carácter general, el régimen de establecimiento y regulación de las tasas, a los efectos de adecuar su contenido a la normativa aplicable en materia de desindexación de la economía.
  7. Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid

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